¿Qué es el acogimiento?

El acogimiento es una medida que lo que busca es la protección del menor que no debe o no puede, de manera temporal, permanecer con su propia familia. Lo que se pretende evitar con esto es que el menor ingrese en un centro de menores, acogiéndole otra familia en su seno, siendo ésta un marco privilegiado para su crecimiento, tanto físico como mental.

Es más, el acogimiento no es un sustitutivo, puesto que el menor puede seguir manteniendo contacto con la familia biológica, elemento que es potenciado, ya que el niño puede volver a su hogar. Es decir, esta es una medida temporal cuyo objeto es el apoyo en la educación del menor mientras no puede vivir en su hogar.

Diferencias entre el acogimiento y la adopción 

El acogimiento es un recurso de apoyo temporal cuyo principal objetivo es asegurar el crecimiento del menor en un entorno familiar alternativo al biológico. En este caso, puede mantenerse la relación con la familia biológica en aquellas situaciones que sea conveniente (casos en los que el menor pueda volver tras un tiempo al hogar). 
El acogimiento cesa cuando no es necesario dicho apoyo temporal, determinado por la decisión de la autoridad a la que competa dicho cometido.

La adopción lo que pretende es dar un hogar estable a menores que no tienen dicho entorno y que, aún teniéndolo, no pueden vivir en ellos puesto que no se pone en peligro su correcto crecimiento, tanto físico como mental. Es una medida definitiva e irrevocable, creando un vínculo legal exactamente igual al de un progenitor con su hijo biológico, cesando por otro lado los vínculos a la familia biológica.

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